AJD en España: la guía completa para entender este impuesto inmobiliario

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El AJD en España (Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados) es un impuesto poco conocido pero imprescindible a la hora de comprar una propiedad nueva en la Costa Brava. Este impuesto administrativo, que se suma al IVA, representa un coste adicional que todo inversor francés debe prever en su presupuesto. IMMO 365 Costa Brava, experto inmobiliario en Roses, Empuriabrava, Platja d'Aro y Cadaqués, le explica en detalle qué es el AJD, cómo se calcula y por qué varía según las regiones españolas.

¿Qué es el AJD en España?

Definición y principios del AJD

El AJD en España, o Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, es un impuesto que se aplica a los documentos notariales y jurídicos relacionados con una transacción inmobiliaria. Este impuesto forma parte del sistema fiscal español desde hace muchos años y es uno de los impuestos indirectos que los compradores deben pagar al adquirir una propiedad nueva en la Costa Brava.

A diferencia del ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales), que se aplica a los inmuebles antiguos, el AJD acompaña sistemáticamente a la compra de inmuebles nuevos, además del IVA. Esta distinción es fundamental: por un inmueble antiguo, solo se paga el ITP; por un inmueble nuevo, se paga el IVA más el AJD. Esta doble imposición sobre los inmuebles nuevos puede sorprender a los inversores franceses acostumbrados al sistema fiscal francés.

El AJD cubre específicamente los gastos administrativos relacionados con la autenticación de la escritura de compraventa por parte del notario y su inscripción en el Registro de la Propiedad. Este impuesto garantiza la seguridad jurídica de la transacción al financiar el sistema de registro público de la propiedad, pilar del sistema inmobiliario español. Sin este registro, su propiedad no sería oponible a terceros, de ahí la importancia de este impuesto.

¿Cuándo hay que pagar el AJD?

El AJD en España debe pagarse exclusivamente al comprar un inmueble nuevo. Se considera «nuevo» cualquier inmueble vendido por primera vez por un promotor, constructor o profesional inmobiliario y que nunca haya sido ocupado. Esta estricta definición determina la aplicación del IVA y del AJD en lugar del ITP.

El pago del AJD se realiza en el momento de la firma de la escritura de compraventa ante notario, simultáneamente con el pago del IVA. El comprador debe abonar este impuesto en un plazo de 30 días a partir de la firma. El notario suele calcular el importe exacto y orientar al comprador en los trámites de pago ante la administración fiscal de la comunidad autónoma correspondiente.

También hay casos especiales en los que se aplica el AJD: al constituir una hipoteca sobre un bien inmueble, al realizar determinados actos societarios o al formalizar determinados documentos jurídicos. Sin embargo, en el contexto inmobiliario que nos ocupa, el AJD se aplica principalmente a la compra de bienes nuevos y a la constitución de hipotecas.

Los tipos del AJD según las Comunidades Autónomas

Variación regional de los tipos del AJD

Una de las particularidades del AJD en España es su variación según las Comunidades Autónomas. Desde la descentralización fiscal, cada región española fija su propio tipo del AJD, lo que crea disparidades significativas en el territorio. Esta autonomía regional puede suponer una diferencia de miles de euros según la ubicación del inmueble.

En Cataluña, donde se encuentra la Costa Brava, el tipo del AJD asciende al 1,5 % del precio de compra. Este tipo es uno de los más altos de España, junto con Andalucía y la Comunidad Valenciana, que también aplican un 1,5 %. Por lo tanto, para una propiedad nueva de 300 000 €, el AJD representa 4500 € en Cataluña, una cantidad nada desdeñable que hay que incluir en el presupuesto total.

Por el contrario, algunas regiones aplican tipos mucho más ventajosos. El País Vasco tiene un tipo del 0 % en el AJD, una excepción notable que atrae a muchos inversores. Las Islas Canarias ofrecen un tipo reducido del 0,4 %, mientras que la Comunidad de Madrid fija su AJD en el 0,7 %. Las Islas Baleares se sitúan en una posición intermedia con un 1,2 %.

Estas variaciones regionales influyen considerablemente en el coste total de adquisición de una propiedad nueva. Un apartamento de 250 000 € costará 1000 € de AJD en Canarias, 1750 € en Madrid, 3000 € en Baleares y 3750 € en Cataluña. Esta diferencia de 2750 € entre Canarias y Cataluña por una misma propiedad ilustra la importancia de la ubicación en el presupuesto de compra.

Tipo del AJD en la Costa Brava

Para los inversores interesados en la Costa Brava, región en la que IMMO 365 es especialista, es fundamental tener en cuenta que el AJD en España se aplica al tipo catalán del 1,5 %. Este tipo se aplica a todas las ciudades de la región: Roses, Empuriabrava, Platja d'Aro, Cadaqués, Lloret de Mar, Tossa de Mar y todos los municipios costeros e interiores de la provincia de Girona.

En concreto, si compra un piso nuevo en Roses por 200 000 €, deberá prever 20 000 € de IVA (10 %) + 3000 € de AJD (1,5 %), es decir, 23 000 € de impuestos en total. Para una villa nueva en Empuriabrava de 500 000 €, hay que contar con 50 000 € de IVA y 7500 € de AJD, es decir, 57 500 € de impuestos. Estas cantidades representan una parte significativa del presupuesto y deben preverse desde el inicio del proyecto.

Cataluña aplica este tipo del 1,5 % sin distinción del valor del inmueble. A diferencia del ITP, que puede ser progresivo en algunas regiones, el AJD catalán es fijo independientemente del precio de compra. Esta estabilidad facilita los cálculos previsionales y permite a los compradores presupuestar con precisión su adquisición desde el momento en que identifican el inmueble.

Cálculo y base imponible del AJD

¿Sobre qué se calcula el AJD?

La base de cálculo del AJD en España suele ser el precio de compra del inmueble tal y como figura en la escritura de compraventa notarial. Esta base imponible incluye el precio principal de la vivienda, así como todos los elementos incluidos en la venta: plazas de aparcamiento, trasteros, equipamientos integrados. Si su adquisición incluye varios elementos distintos, el AJD se aplica al importe total de la transacción.

Sin embargo, existe una particularidad importante: desde el 1 de enero de 2022, una reforma fiscal impone que la base de cálculo sea el importe más alto entre el precio de compra declarado y el «valor de referencia» calculado por el Catastro. Este valor de referencia constituye una estimación oficial del valor real del inmueble, destinada a luchar contra las declaraciones de precios inferiores a los reales.

Esta norma afecta principalmente a los inmuebles antiguos en lo que respecta al ITP, pero también puede aplicarse al AJD en algunos casos. Si el Catastro estima que un inmueble nuevo vale 320 000 € y usted lo compra por 300 000 €, el AJD podría calcularse sobre 320 000 €. En la práctica, esta situación es poco frecuente en el caso de los inmuebles nuevos comprados directamente a los promotores, pero conviene conocerla.

Ejemplo concreto de cálculo del AJD

Veamos un ejemplo práctico para comprender bien el cálculo del AJD en España, en la Costa Brava. Imaginemos que usted compra un apartamento nuevo en Platja d'Aro por 350 000 €. Este es el desglose completo de los impuestos:

IVA: 350 000 € × 10 % = 35 000 €

AJD: 350 000 € × 1,5 % = 5250 €

Total de impuestos: 40 250 €

Precio total a pagar: 390 250 €

A estas cantidades hay que añadir los gastos de notario (aproximadamente 1000 € para este tipo de propiedad), los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad (aproximadamente 500 €) y, eventualmente, los honorarios del abogado si se recurre a asesoramiento jurídico (generalmente entre 1000 € y 2000 €). Por lo tanto, el presupuesto total que hay que prever además del precio de compra es de entre 43 000 € y 45 000 €, es decir, entre el 12 % y el 13 % del precio del inmueble.

Para una villa nueva en Cadaqués de 600 000 €, el cálculo sería:

IVA: 60 000 €

AJD: 9000 €

Total de impuestos: 69 000 €

Precio total: 669 000 € (sin incluir otros gastos)

Estos ejemplos ilustran la importancia de presupuestar correctamente la adquisición. Muchos compradores franceses subestiman estos gastos adicionales y se enfrentan a dificultades de financiación en el momento de la firma.

AJD e hipoteca: un doble coste

El AJD sobre los préstamos inmobiliarios

El AJD en España no solo se aplica a la compra de un inmueble, sino también a la constitución de una hipoteca. Este impuesto se aplica al acta notarial de constitución del préstamo hipotecario, lo que supone un coste adicional para los compradores que recurren a la financiación bancaria.

Desde una reforma de 2018, ahora es el banco el que soporta el AJD sobre la hipoteca, y no el prestatario. Esta importante decisión judicial ha invertido la carga fiscal, aligerando significativamente el coste para los compradores. Anteriormente, el prestatario debía pagar este impuesto además de todos los demás gastos, lo que encarecía aún más la adquisición de una vivienda.

A pesar de esta buena noticia, conviene mantenerse alerta. Algunos bancos pueden intentar integrar indirectamente este coste en sus condiciones de préstamo, por ejemplo, ofreciendo tipos ligeramente superiores para compensar su carga fiscal. Por lo tanto, se recomienda comparar varias ofertas bancarias y comprender bien la estructura tarifaria propuesta.

Para un préstamo hipotecario de 200 000 € en Cataluña, el AJD representaría 3000 € (1,5 %), que ahora correrían a cargo del banco. Este ahorro, nada desdeñable para el prestatario, facilita el acceso a la propiedad, especialmente para los compradores primerizos con un presupuesto limitado.

Gastos totales para una compra nueva con préstamo

Cuando se compra una vivienda nueva en España con un préstamo hipotecario, hay que presupuestar varios gastos. Tomemos el ejemplo de un piso nuevo en Roses de 250 000 €, financiado en un 70 % con un préstamo de 175 000 € y una aportación de 75 000 €:

Costes relacionados con la compra del inmueble:

  • Precio del inmueble: 250 000 €
  • IVA (10 %): 25 000 €
  • AJD sobre la venta (1,5 %): 3750 €
  • Gastos de notario: 800 €
  • Gastos de registro: 400 €
  • Honorarios de abogado: 1500 € Subtotal de la compra: 281 450 €

Costes relacionados con el préstamo (a cargo del banco desde 2018):

  • AJD sobre la hipoteca (1,5 % de 175 000 €): 2625 € (pagados por el banco)
  • Gastos de tramitación bancaria: 1500 €
  • Gastos de tasación del inmueble: 400 €
  • Gastos notariales de la hipoteca: 600 € Subtotal del préstamo pagado por el comprador: 2500 €

Total a prever por el comprador: 283 950 €

De los cuales, aportación mínima requerida: 75 000 € (30 %) + 33 950 € de gastos = 108 950 €

Este ejemplo muestra que, además de la aportación personal exigida por el banco (generalmente el 30 % para los no residentes), es necesario disponer de unos ahorros adicionales de entre el 13 % y el 15 % del precio del inmueble para cubrir todos los gastos de adquisición.

AJD frente a ITP: comprender la diferencia

Dos impuestos para dos tipos de bienes

La distinción entre AJD e ITP suele ser una fuente de confusión para los inversores franceses. Estos dos impuestos se excluyen mutuamente dependiendo de si se compra un bien nuevo o antiguo, pero nunca se aplican simultáneamente a la misma compra inmobiliaria.

Para un bien ANTIGUO: solo se paga el ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales). Este impuesto sustituye por sí solo al IVA y al AJD. Su tipo varía entre el 4 % y el 13 % según las comunidades autónomas. En Cataluña, el ITP es del 10 % para los inmuebles estándar e incluso del 11 % para la parte superior a 1 millón de euros. Por un piso antiguo de 200 000 € en Roses, pagará 20 000 € de ITP, más los gastos de notario y registro.

Por una propiedad NUEVA: pagará el IVA (10 %) + el AJD (1,5 % en Cataluña). Estos dos impuestos suman un 11,5 % del precio de compra en Cataluña. Por ese mismo apartamento de 200 000 €, pero nuevo, pagará 20 000 € de IVA + 3000 € de AJD = 23 000 €, es decir, 3000 € más que por el antiguo.

Esta diferencia fiscal explica por qué las viviendas antiguas pueden parecer a veces más atractivas financieramente que las nuevas en España, a diferencia de Francia, donde la fiscalidad suele favorecer a las nuevas. Sin embargo, las viviendas nuevas presentan otras ventajas: garantías decenales, normas energéticas recientes, ausencia de obras inmediatas, que pueden justificar este sobrecoste fiscal.

¿Qué régimen elegir según su proyecto?

La elección entre antiguo y nuevo no debe basarse únicamente en la fiscalidad, sino en un análisis global de su proyecto de inversión. En la Costa Brava, IMMO 365 le ayuda a evaluar qué opción se adapta mejor a sus objetivos.

Opte por lo NUEVO si: busca una propiedad llave en mano sin obras, da prioridad a las normas energéticas recientes (importantes con las nuevas regulaciones), desea beneficiarse de las garantías del constructor, prefiere una propiedad que nunca haya sido habitada o busca equipamientos modernos (domótica, aislamiento, climatización eficiente). El sobrecoste fiscal del 1,5 % del AJD se compensa con estas ventajas y la ausencia de reformas inmediatas.

Opte por lo ANTIGUO si: busca una propiedad con carácter y encanto mediterráneo, está dispuesto a realizar obras de renovación, busca ubicaciones históricas o céntricas (a menudo no disponibles en las propiedades nuevas), su presupuesto es ajustado y cada porcentaje cuenta, o le gustan las propiedades atípicas que no se encuentran en los programas nuevos. El ahorro en el AJD (1,5 %) puede financiar parte de las reformas necesarias.

En la Costa Brava, el mercado ofrece una excelente variedad de propiedades antiguas llenas de encanto, especialmente en Cadaqués, donde las casas de pescadores reformadas seducen especialmente a la clientela francesa. Roses y Empuriabrava, por su parte, ofrecen numerosos programas nuevos y modernos, a menudo con amarre en Empuriabrava.

Reducciones y exenciones del AJD

¿Existen casos de reducción?

A diferencia del ITP, que ofrece diversas reducciones en función de la edad del comprador, sus ingresos o su situación familiar, el AJD en España ofrece muchas menos posibilidades de desgravación fiscal. Este impuesto suele ser incompresible y se aplica al tipo completo definido por cada comunidad autónoma.

Sin embargo, algunas regiones han establecido reducciones específicas para fomentar la adquisición de viviendas o favorecer determinados tipos de compra. Estas medidas varían considerablemente de una comunidad autónoma a otra y pueden evolucionar en función de las políticas fiscales regionales. Por lo tanto, se recomienda informarse sobre las medidas vigentes en el momento de la compra.

En Cataluña, actualmente no existe ninguna reducción significativa del AJD para las compras de inmuebles residenciales estándar. El 1,5 % se aplica de manera uniforme independientemente del perfil del comprador. Esta ausencia de modulación contrasta con el régimen del ITP, que prevé tipos reducidos para los jóvenes menores de 33 años con bajos ingresos (5 % en lugar de 10 %) o para las familias numerosas.

Sin embargo, algunos tipos de bienes se benefician de un tratamiento específico: las viviendas sociales (vivienda protegida) pueden estar sujetas a un tipo reducido o nulo de AJD según los programas, y los bienes de alto rendimiento energético son objeto de debate para beneficiarse de ventajas fiscales en el marco de la transición ecológica.

Casos particulares y situaciones especiales

Cabe mencionar algunas situaciones particulares en relación con el AJD en España. Si usted compra un inmueble nuevo a un banco que lo ha adquirido a un promotor (stock bancario), el inmueble no suele estar sujeto al IVA, sino al ITP, como un inmueble antiguo. En este caso, no pagará AJD, sino solo el ITP. Esta situación afecta principalmente a los inmuebles recuperados por los bancos tras impagos.

En el caso de los inmuebles nuevos con más de dos plazas de aparcamiento, el IVA sobre los garajes adicionales pasa del 10 % al 21 %. Sin embargo, el AJD sigue aplicándose al tipo normal del 1,5 % sobre el total de la transacción, incluidos estos garajes adicionales. Esta particularidad puede suponer un sobrecoste importante para los inmuebles con varios aparcamientos.

Los no residentes europeos no se benefician de ningún trato preferencial en lo que respecta al AJD. Ya sean franceses, belgas, suizos o de otra nacionalidad, todos los compradores pagan el mismo tipo de AJD. Solo los no residentes extracomunitarios podrían, en teoría, enfrentarse a recargos en el marco de nuevas legislaciones, pero esto no afecta actualmente al AJD.

Pago y declaración del AJD

Procedimiento de pago

El pago del AJD en España se realiza tras la firma de la escritura de compraventa ante notario. El comprador dispone de un plazo de 30 días a partir de la escritura notarial para efectuar el pago ante la administración fiscal de la comunidad autónoma correspondiente. Este plazo es estricto y su incumplimiento puede acarrear sanciones e intereses de demora.

El notario suele calcular el importe exacto del AJD en el momento de la firma y proporciona toda la información necesaria para realizar el pago. Entrega al comprador los documentos fiscales correspondientes, en particular una copia de la escritura autenticada que servirá de base para la declaración. En muchos casos, el notario o el abogado del comprador pueden encargarse de este trámite administrativo a cambio de unos gastos de gestión.

El pago se realiza mediante el modelo 600 en Cataluña (el número del formulario puede variar según las regiones). Este documento fiscal debe completarse con la información de la transacción: identidad del comprador, descripción del bien, precio de compra, cálculo del AJD. El pago puede realizarse online en el portal fiscal de la Comunidad Autónoma, mediante transferencia bancaria o en persona en las oficinas de la administración tributaria.

Una vez realizado el pago, la administración expide un justificante de pago indispensable para la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad. Sin este documento que acredita el pago del AJD, no se puede finalizar la inscripción, lo que deja la propiedad en un vacío legal potencialmente peligroso.

Consecuencias del impago

El impago del AJD en España en los plazos establecidos tiene varias consecuencias negativas. En primer lugar, la administración tributaria aplica automáticamente intereses de demora que se acumulan diariamente. El tipo de interés legal en España suele rondar el 3 %-4 % anual, lo que puede suponer cantidades significativas en el caso de importes elevados de AJD.

En segundo lugar, se pueden aplicar sanciones en función del retraso. Si el retraso es inferior a 3 meses y el pago se realiza voluntariamente antes de cualquier reclamación, la sanción es limitada. Más allá de ese plazo, o si la administración tiene que reclamar el pago, las sanciones pueden alcanzar el 20 % del importe adeudado, o incluso más en caso de reincidencia o mala fe demostrada.

Sobre todo, el impago del AJD bloquea la inscripción definitiva del bien en el Registro de la Propiedad. Mientras no se abone este impuesto, el comprador no puede inscribir su propiedad, lo que crea una situación jurídica delicada. El bien existe de hecho, pero no en los registros públicos, lo que impide cualquier reventa, alquiler en buena y debida forma o hipoteca futura.

Para evitar estas complicaciones, IMMO 365 Costa Brava recomienda encarecidamente recurrir a un abogado o una gestoría especializada que se encargue de todos los trámites fiscales posteriores a la adquisición, garantizando así el cumplimiento de los plazos y la conformidad con la legislación.

El acompañamiento de IMMO 365 Costa Brava

Experiencia local y asesoramiento fiscal

Ante la complejidad de la fiscalidad inmobiliaria española y, en particular, del AJD en España, el acompañamiento de un profesional local resulta indispensable. IMMO 365 Costa Brava, con sede en Roses, Empuriabrava, Platja d'Aro y Cadaqués, posee un profundo conocimiento del sistema fiscal catalán y guía a sus clientes francófonos a lo largo de todas las etapas de su adquisición.

Nuestra experiencia nos permite establecer presupuestos provisionales precisos que incluyen todos los gastos e impuestos aplicables. Una vez identificada la propiedad que le interesa, calculamos exactamente el importe del AJD, el IVA o el ITP, según el caso, los gastos de notario, de registro y todos los demás costes asociados. Esta transparencia le permite presupuestar su inversión con tranquilidad y sin sorpresas desagradables.

Trabajamos en estrecha colaboración con abogados especializados en derecho inmobiliario español y gestoras competentes que se encargan de todos los trámites administrativos y fiscales. Estos socios de confianza se ocupan de la declaración y el pago del AJD en los plazos establecidos, de la inscripción en el Registro de la Propiedad y de todos los trámites necesarios para garantizar la seguridad jurídica de su adquisición.

Nuestro servicio completo cubre todo el proceso de compra: búsqueda de la propiedad ideal, negociación del precio, comprobaciones legales, obtención del NIE (número de identificación fiscal español), acompañamiento al notario, gestión de los pagos fiscales y seguimiento posterior a la adquisición. Este enfoque llave en mano permite a los inversores franceses comprar con total tranquilidad en la Costa Brava.

Optimización fiscal y elección de la propiedad

Nuestro conocimiento del mercado local también nos permite orientarle hacia las propiedades que ofrecen la mejor relación calidad-precio, teniendo en cuenta la fiscalidad. En algunos casos, una propiedad antigua renovada puede resultar más ventajosa que una nueva, a pesar de su estado menos óptimo, gracias al ahorro en el AJD. En otras situaciones, el sobrecoste fiscal de lo nuevo se compensa con creces por la ausencia de obras y las garantías ofrecidas.

Analizamos con usted la estrategia fiscal óptima según su perfil: residencia principal o secundaria, proyecto de alquiler, inversión patrimonial. Cada situación requiere consideraciones fiscales diferentes que van más allá de la simple cuestión del AJD, sino que también incluyen la futura tributación de los ingresos por alquiler, el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), las plusvalías potenciales y la fiscalidad sucesoria.

Nuestro objetivo es permitirle invertir de forma inteligente en la Costa Brava, maximizando su inversión y minimizando los costes fiscales, en total cumplimiento de la legislación española. Nuestra experiencia con cientos de clientes franceses nos ha enseñado las trampas que hay que evitar y las oportunidades que hay que aprovechar en este mercado tan abundante como complejo.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Qué es exactamente el AJD en España?

El AJD (Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados) es un impuesto administrativo que se aplica a los actos notariales y jurídicos relacionados con una transacción inmobiliaria. En el caso de las compras inmobiliarias, el AJD se aplica exclusivamente a los inmuebles nuevos y se paga además del IVA (10 %). Este impuesto varía según las comunidades autónomas, desde el 0 % en el País Vasco hasta el 1,5 % en Cataluña, Andalucía y la Comunidad Valenciana. En la Costa Brava (Cataluña), el tipo es del 1,5 % del precio de compra.

¿Cuál es la diferencia entre el AJD y el ITP?

El AJD y el ITP son dos impuestos que se excluyen mutuamente. El ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) se aplica únicamente a los inmuebles antiguos y sustituye por sí solo al IVA. El AJD se aplica únicamente a los inmuebles nuevos como complemento al IVA. Por un inmueble antiguo, se paga el ITP (10 % en Cataluña). Por un inmueble nuevo, se paga el IVA (10 %) + el AJD (1,5 %) = 11,5 % en total. Por lo tanto, el AJD representa un sobrecoste fiscal del 1,5 % sobre los inmuebles nuevos.

¿Cuánto cuesta el AJD por un inmueble de 300 000 € en la Costa Brava?

Para una propiedad nueva de 300 000 € en Cataluña (Costa Brava), el AJD asciende a 4500 € (300 000 € × 1,5 %). A esto hay que añadir el IVA de 30 000 € (10 %), lo que supone un total de impuestos de 34 500 €. El precio final a pagar será, por lo tanto, de 334 500 €, a lo que hay que añadir los gastos de notario (unos 1000 €), los gastos de registro (unos 500 €) y, eventualmente, los honorarios del abogado (entre 1500 y 2000 €).

¿Quién paga el AJD sobre la hipoteca?

Desde una reforma de 2018, es el banco el que paga el AJD sobre la constitución de la hipoteca y ya no el prestatario. Esta importante decisión judicial ha aligerado considerablemente el coste de adquisición para los compradores.

IMMO 365 Costa Brava le acompaña en su proyecto inmobiliario en Roses, Empuriabrava, Platja d'Aro y Cadaqués. Nuestra experiencia en el mercado francés y nuestro profundo conocimiento de la región nos permiten guiarle hacia la propiedad ideal en la Costa Brava, donde el patrimonio cultural y la calidad de vida mediterránea se combinan armoniosamente.

 

 

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